Hay empresas de trasporte de agua que ofrecen la posibilidad de suministrar AGUA DE MAR, ¡Prepare la cartera!
Según mi interpretación de la normativa, NO ES LEGAL.
El texto de PRE-EMERGECIA y EMERGECIA de la Generalitad, es claro:
Queda prohibido llenar total o parcial, cualquier tipo de piscina, excepto las de agua de mar que se llenen y vacíen sin conexión a las acometidas de abastecimiento y saneamiento.
Agéncia Catalana de l`Aigua - Generalitat de Catalunya.
Por consiguiente, solo las piscinas que estén a pie de costa, tienen dicha posibilidad y siempre y cuando, no estén conectadas a la red de alcantarillado.
Me sorprende que Técnicos Municipales y empresas de mi sector, den por válido que se pueda llenar con agua de mar.
Yo no la llenaría. El agua de mar tiene una proporción de sal superior a 35gr/litro. Las piscinas no están pensadas para soportar su corrosión, a excepción de las construidas específicamente y con garantía limitadas.
Otro tema es el tratamiento para su desinfección y filtración. Así como el impacto sobre la terraza y jardín.
El grado de salinidad seguramente tendrá consecuencias inesperadas que tocará ir solventado según se produzcan.
Si vacía agua de mar al alcantarillado, contaminara la red. Si lo hace directamente a la tierra, contaminara los acuíferos.
¿Asumirá los costes de trasportar y tratar correctamente el agua de mar?
Creo que es una interpretación errónea con graves consecuencias ambientales, legales y para su piscina.
A mí personalmente, no me resultaría agradable.
Por desgracia, esta temporada nos tocará sufrir. SI tienes llena tu piscina.. Ni se te acurra vaciarla a no ser que tengas una pérdida importante de agua.
Si la tienes llena, actualiza tu instalación con equipos y sistemas para NO TIRAR NI UNA GOTA DE AGUA.